Top Rank Pros

Nuevas leyes para nuevo mundo

El ámbito judicial de cara al medioambiente

Autor: Top Rank Pros (fuentes)

En ocasiones se dan pasos legislativos con gran trascendencia tanto económica como social y que sin embargo, pasan prácticamente desapercibidos para la sociedad.
 
El Consejo de Ministros celebrado el 19 de mayo de 2020 aprobó y envió a las Cortes un primer Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética el cual se encuentra actualmente en la fase final de su aprobación tras agotarse el pasado 15 de octubre el plazo para presentar enmiendas. El proyecto de Ley se enmarca con los objetivos marcados por la UE y responde al Acuerdo de París. 
 
Este proyecto persigue alcanzar en España la neutralidad de emisiones antes del año 2050, considerando por la misma el equilibrio entre la cantidad de emisiones de CO2 con la capacidad de absorción de nuestros sumideros. Para ello, el Proyecto de Ley vincula a todos los sectores económicos a la acción climática, desde la generación de energía y las finanzas a los sectores primarios, transporte, industria o Administraciones Públicas, estableciendo el siguiente calendario de metas, las cuales sólo pueden ser revisadas al alza:
 
-Año 2030; Reducción de la emisión de gases de efecto invernadero en un 20% respecto a los niveles de 1990.
-Año 2040, como mínimo el 35% del consumo final de la energía deberá ser de origen renovable. En el caso del sistema eléctrico, la presencia renovable en 2030 deberá ser de al menos un 70%
-Antes de 2050; El sistema eléctrico de España tiene que ser 100% renovable.
             
El Proyecto de Ley contempla diferentes capítulos de actuación entre ellos, la Rehabilitación de edificios para la obtención de eficiencia energética, la desinversión en productos energéticos de origen fósil, reforzar la gobernanza climática, asignación de recursos para luchar contra el cambio climático y la implantación de una movilidad sostenible, siendo éste un sector que se verá especialmente afectado y que nos va a cambiar la vida en nuestro día a día de una manera muy directa al prohibir la comercialización de vehículos con algún tipo de emisión CO2 a partir de 2040 y prohibición de circulación para vehículos que no cumplan los requisitos de 0% de emisiones a partir de 2050. Estas medidas aplican a los turismos y vehículos comerciales ligeros pero no al transporte por carretera ni a los vehículos matriculados como históricos.
 
La actuación en materia de Movilidad sostenible estable igualmente objetivos que vinculan por ejemplo, a las ciudades de más de 50.000 habitantes en el sentido que éstas deban aplicar medidas destinadas a la reducción de emisiones mediante la implantación de zonas de bajas emisiones antes de 2023, facilitar los desplazamientos en bicicleta, fomento de transporte público o facilitar el uso del transporte eléctrico privado.
 
Contempla también el programa para promover y facilitar la implantación de la infraestructura de puntos de recarga en todo el país para facilitar cumplir con los objetivos marcados. Por ejemplo, se determina la necesidad de que cualquier edificio no residencial con más de 20 plazas de aparcamiento deban contar con puntos de recarga antes del año 2025, así como, que aquellas gasolineras con ventas anuales superiores a 10MM litros de carburante,  cuenten con al menos un punto de recarga en un plazo de 21 meses desde la entrada en vigor de la Ley.
 
En cuanto al transporte aéreo el Proyecto de Ley habilita al Gobierno a establecer objetivos anuales de suministro de biocarburantes, con especial énfasis en los biocarburantes avanzados y otros de origen no biológico. Para el transporte marítimo, se establece la necesidad de adoptar medidas con el objetivo igualmente de obtener antes de 2050 el objetivo de cero emisiones directas en los puertos competencia del Estado.
 
Una vez este Proyecto de Ley quede aprobado de forma definitiva, quedará inaugurada una etapa de nueva economía con numerosas oportunidades de negocio en el campo de la industria, los servicios o la movilidad.

Más información