Seguramente en alguna ocasión se ha preguntado por las diferentes categorías o tipos de Derecho en las que se divide la acción de la justicia, puesto que ésta se articula en diferentes ramas con objeto de abarcar de forma específica cada una de las actividades que pretende regular.
El derecho sigue la clásica clasificación derivada de la herencia romana, por la cual, el Derecho divide en dos grandes categorías, por un lado el Derecho Público el cual regula todo aquello relacionado con la cosa pública, es decir, con el interés general, incluyendo las actividades del Estado y de los diferentes organismos públicos y las relaciones de éstos con los individuos, y por el otro el Derecho Privado, el cual regula las relaciones entre los individuos
Por debajo de estas dos grandes divisiones, se encuentran las diferentes ramas del derecho entre las cuales por ejemplo dentro del Derecho Público, las siguientes:
Derecho Penal: Rama del Derecho que regula las sanciones establecidas en el Código Penal, su norma fundamental, a aplicar en el caso de haberse cometido un delito, los cuales están detalladamente descritos en la norma. Además, cuenta con leyes especiales que regular por ejemplo, la responsabilidad penal a aplicar en el caso de menores de edad.
Derecho Civil: Ámbito del Derecho en el que se establecen las normas de los derechos civiles de las personas, las relaciones familiares, la transmisión por fallecimiento de bienes y derechos o también, el patrimonio.
Derecho Laboral: Regula los derechos y obligaciones que se establecen entre los empleadores de actividades económicas y sus trabajadores. Constituye una rama muy amplia del derecho al contar también con elementos del ámbito del Derecho Público como por ejemplo el derecho a la huelga o elementos del ámbito del Derecho Privado como los beneficios para los empleados. En esta rama, se contemplan los Estatutos de los trabajadores o el ámbito de la Seguridad Social.
Derecho Constitucional: Ámbito del Derecho encargado de regular las diferentes leyes establecidas en la Constitución Española, siendo ésta la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Derivado de ello, su campo de estudio abarca las formas de gobierno, los derechos fundamentales, la regulación de los poderes públicos o las relaciones entre los ciudadanos y el Estado.
Derecho Tributario o Fiscal: Regula la Hacienda Pública y el ámbito fiscal, desde los hechos que generan los impuestos, pasando por la recaudación o la liquidación. Mediante diferentes leyes, contempla las diferentes figuras impositivas con las que el Estado se financia, por ejemplo, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre sociedades, sucesiones, donaciones, etc.
Entre el Derecho Privado, es decir, aquel que regula las relaciones entre los individuos, como ejemplo nos encontramos;
Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre los diferentes organismos internaciones y los estados, los cuales son quienes componen los mismos, aplicando normas nacidas de fuentes internacionales por las que se persigue aplicar valores como la cooperación internacional o garantizar la paz.
Derecho Internacional Privado: Rama del derecho que regula las relaciones jurídicas internacionales ante posibles conflictos de jurisdicción con objeto de determinar qué Ley es aplicable.
Derecho Mercantil: Rama del Derecho que regula las actividades empresariales y de mercado. La Ley fundamental es el Código de Comercio, al cual se suman otras leyes como la Ley de Sociedades Anónimas, las leyes mercantiles especiales o la Ley Concursal.
En los últimos años, esta gran división en dos de los numerosos tipos de Derecho ha caído un poco en desuso en detrimento del Derecho Social, especialmente en lo relativo a los derechos de las personas y derivado además, de la difícil en ocasiones decisión a la hora de marcar el límite entre el ámbito estrictamente de interés particular o público, como por ejemplo en el caso del Derecho Laboral.